Jueza explica alcances de la ley "Devuélveme mi casa"
Entrada en vigencia de la nueva normativa viene a significar un alivio para quienes por años han sufrido con sus arrendatarios, ya sea por el no pago, como por las tomas de viviendas. Se prevé un aumento en las denuncias.
La entrada en vigencia de la llamada ley "Devuélveme mi Casa", que busca facilitar la recuperación de inmuebles por parte de sus dueños ante el no pago de sus arrendatarios, viene a significar un gran alivio para quienes por años han sufrido con sus "malos arrendatarios", ya sea por el no pago, o simplemente porque no pueden recuperar su casa.
La lentitud del anterior sistema en favor de quienes estaban en el caso extremo de no poder recuperar su casa, ahora pasará a ser un proceso ágil y de rápida resolución.
"Ley 21.461 es un avance en la materia, puesto que el objeto de la misma fue incorporar medidas que permitan la restitución rápida de la propiedad que permanece en manos de arrendatarios que incumplen los pagos o afectan el bien raíz destruyéndolo o inutilizándolo para su uso. Asimismo, tiene por objeto obtener la restitución de un bien raíz, en los casos de precario y comodato precario", explica la jueza del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, Antonella Farfarello, quien reconoce que esta ley viene a resolver un verdadero drama que viven muchas personas. "Esta temática es un drama para muchas personas, que dejan su propiedad para vivir de allegados, por ejemplo, con hijos o familiares, y arriendan su vivienda para obtener un ingreso; o para personas que compran una vivienda con crédito hipotecario, pensando en efectuar el pago del dividendo con el arriendo, y así lograr tener un bien para aumentar a futuro sus pensiones, y también, para personas que ven ocupado un inmueble de su propiedad por ignorancia o mera tolerancia".
La magistrada explica que, según las cifras entregadas por la Corte Suprema al Congreso Nacional, cerca de 60.000 familias se ven directamente dañadas en sus bolsillos por esta problemática, ya que existen más de 15.000 juicios por arrendamientos, y solo uno de cada cuatro logra finalizar el proceso por completo. "Estos juicios, a lo menos duran un año, por tanto, con la modificación se pretende agilizarlos notoriamente", recalca.
Así funciona
La jueza Farfarello detalla en términos simples cómo es el procedimiento, y cómo los casos tendrán una rápida solución.
"Esta ley establece un procedimiento monitorio breve, en virtud del cual si el juez estima que la demanda cumple con todos los requisitos legales, acogerá la demanda y ordenará que se requiera de pago al deudor; los requerimientos se entienden hechos por el solo ministerio de la ley, el primero, junto con la notificación de la demanda, y el segundo, transcurridos cinco días desde su verificación, y se da un plazo de 10 días corridos al arrendatario para pagar las rentas atrasadas, las cuentas por gastos comunes y los consumos adeudados, y si no paga, no comparece o no formula excepciones, se le tendrá por condenado al pago de la obligación reclamada y se dispondrá su lanzamiento, así como el de los otros ocupantes del inmueble, en un plazo no superior a 10 días, contado desde que la respectiva resolución se encuentre firme y ejecutoriada o cause ejecutoria. Esta resolución tendrá fuerza de sentencia definitiva firme y servirá de título suficiente para su ejecución", detalla la profesional.
Los beneficios que reporta la nueva ley en términos de agilizar cada uno de los procedimientos, redundará, estima Antonella, en la presentación de más demandas de parte de los afectados.
"Pienso que sí, dado que al hacer más expedito, ágil y con plazos muy acotados el procedimiento de restitución por no pago de rentas, las personas podrían ver en esta ley la oportunidad de recuperar propiedades que tengan dadas en arriendo, y respecto de las cuales no les hayan pagado las rentas y eventualmente, pudieren estar destruidas parcialmente o inutilizadas para su uso, por la acción u omisión en su cuidado por parte del arrendatario, caso en el cual la ley otorga la posibilidad de solicitar como medida precautoria la restitución anticipada del inmueble y el lanzamiento del arrendatario demandado, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario", sentencia.
Fuerza pùblica
Una de las novedades de la nueva ley es que posibilita el uso de la fuera pública para la restitución de un inmueble. "Asimismo se incorpora la medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles y el lanzamiento del arrendatario demandado, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario, cuando el arrendador demandare la terminación del contrato de arrendamiento y la restitución del bien inmueble arrendado por haberse destruido parcialmente o haber quedado inutilizado para su uso", explica la jueza del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, Antonella Farfarello.
15 mil juicios por arrendamientos existen en el país actualmente, bajo el procedimiento anterior.