Juzgado de Familia aconsejó a mamás por retención del 10%
La jueza Nicole D'Alencon recomendó realizar la solicitud de liquidación por deudas de pensión alimenticia de manera online y lo antes posible, ya que si el alimentante retira el 10% de sus cotizaciones antes de ello, no habrá retención.
Una de las indicaciones más significativas que se aprobó en la ley que permite el retiro voluntario del 10% de las cotizaciones individuales es la posibilidad de la retención del dinero a quienes son demandados por deudas de la pensión alimenticia.
En ese sentido, los juzgados de familia cumplirán un rol clave en la tramitación de las causas y en la recepción de las solicitudes de liquidaciones.
La jueza del Juzgado de Familia de Talcahuano, Nicole D'Alencon, respondió algunas dudas referidas a este tema. El principal llamado de la profesional fue no realizar el trámite de manera presencial. "Se puede hacer, pero no es recomendable. Llevar a cabo el procedimiento de forma online es rápido y fácil, a través de la página del Poder Judicial. Además, si la persona va al juzgado, igualmente la solicitud se lleva a cabo través de un computador".
Asimismo, resaltó la importancia de tener la Clave Única para gestionar esta alternativa. "Sin ella, deben ir al Registro Civil para obtenerla".
Proceso
La magistrada D'Alencon explicó cuál es el significado del proceso de solicitud de liquidación de alimentos. "Es un proceso contable que se realiza en los tribunales, generalmente por un funcionario especializado, que tiene por objeto determinar el monto de las pensiones atrasadas en función de la pensión que se fijó en dicha causa. Si hay deuda, se determina cuánto se debe, en qué períodos y los reajustes de la misma deuda".
Esta definición del procedimiento implica, de acuerdo con la jueza, que la retención no es inmediata.
Señaló que "va en etapas y requiere de algún tiempo para su realización, toda vez que es un cálculo técnico que debe realizar el tribunal. También dependerá de la cantidad de funcionarios, de la recarga y de la cantidad de escritos que se presenten en el juzgado".
Plazos
¿Cuanto tiempo tiene la persona para realizar la solicitud de liquidación? La jueza D'Alencon respondió que "es el mismo plazo que tiene el alimentante para retirar su 10%". Es decir, hasta el 30 de julio de 2020
Sin embargo, la magistrada dio una recomendación clave. "Hay que considerar que a medida que se deja pasar más tiempo, puede que el alimentante retire los fondos sin que la demandante haya hecho la solicitud previa. Si eso ocurre, a esa persona no se le retendrá nada".
La jueza añadió que "por eso es importante realizar esta gestión lo antes posible y dar el debido resguardo de medida cautelar respecto de los fondos rápidamente".
Otras dudas
La magistrada D'Alencon aclaró si la retención podría llegar a ser del 100%. "Sí, ya que no existe un límite o un monto máximo para ello a título de pensiones atrasadas".
Además, indicó que cada tribunal ejercerá su criterio en algunas situaciones posibles como, por ejemplo, si el deudor tiene hijos con distintas mujeres. "Suponiendo que el deudor retire su 10% y las madres realicen el trámite de solicitud de liquidación, los distintos juzgados en los que estén las causas deberán oficiar para resguardar esos dineros", dijo.
"Una vez que se produzca el retiro, se informará de que existe más de una medida cautelar o resguardo respecto de esos fondos y la distribución se resolverá en cada caso particular", cerró.
Asimismo, la magistrada explicó que el proceso no depende de si la mamá está trabajando o no. "Eso no tiene mayor injerencia, Se puede pedir la retención en la medida en que exista la pensión fijada jurisdiccionalmente y haya deuda".
Finalmente, la jueza indicó que el trámite se puede realizar con abogados si la persona lo desea, pero reforzó que lo recomendable es hacerlo online.
"Es importante realizar la gestión lo antes posible y dar el debido resguardo de medida cautelar".
Nicole D'Alencon,, magistrada del Juzgado de Familia de Talcahuano
Audiencias
El funcionamiento del Juzgado de Familia de Talcahuano ya es normal en cuanto a la realización de audiencias virtuales, que hasta ahora son 568. "Estas tres salas nos permiten enfrentar en un 70% la agenda normal del tribunal. En ellas participan jueces, consejeros técnicos, curadores y también las instituciones relacionadas con nosotros", señaló la jueza Nicole D'Alencon.
30 de julio de 2021 es el plazo final para el retiro de fondosdel 10% y para solicitar liquidación.