Corte rechaza nulidad de juicio del doble crimen
Continuará con presidio perpetuo por muerte de mujer y mejor en Las Salinas.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de nulidad que fue presentado por la defensa de Rubén Carrasco Torres, quien fue sentenciado a presidio perpetuo por el femicidio de Cristina Tapia y el homicidio del menor de diez años que ella se encontraba cuidando, al interior de un domicilio de Las Salinas, Talcahuano.
Recordar que Carrasco fue detenido en 2018, luego de que Fiscalía lograra acreditar su participación en los hechos. A fines de diciembre del año pasado, el Tribunal Oral de Concepción lo condenó como culpable y ayer, la Sexta Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Juan Villa, Waldemar Koch y Maribel Oelckers, confirmó la resolución anteriormente señalada, tras establecer que dicho tribunal realizó una correcta valoración de las pruebas y que llevaron, incluso, a absolver a Carrasco Torres de un delito de hurto por el cual se le acusaba.
"El Tribunal Oral establece en los fundamentos de la sentencia, que el acusado es el responsable del femicidio y homicidio del niño (…) No cabía sino rechazar el recurso", indicó el ministro Koch.
Fiscal
Ante la resolución de la Corte, la fiscal Ana María Aldana, quien acompañó durante el juicio al titular de la causa, Mario Elgueta, señaló que "con gran satisfacción, de parte de Fiscalía, se rechazó el recurso de nulidad que fue presentado por la defensa. Y esto significa, en palabras más simples, que queda firme el fallo de primera instancia. Se condenó al imputado por los delitos que aparecen en la sentencia con las penas que ya están referidas. Eso nos deja satisfechos por toda la investigación que se realizó durante todos estos largos años".
La persecutora añadió que "de la forma en la que fiscalía lo entiende, era volver a discutir el fondo de lo que vimos en el juicio".
Por su parte, Ana Franco, abogada del Centro de Apoyo a Víctimas de Concepción de la Subsecretaría de Prevención del Delito, señalo que "la resolución de la corte significa que el juicio no se anula y por lo tanto el imputado tendrá que cumplir la sentencia impuesta por el tribunal oral en lo penal, que es presidio perpetuo. Estamos conformes y de acuerdo, ya que estimamos que el recurso de nulidad no tenía ningún fundamento".
Agregó que para las familias "fue un proceso súper largo en investigación, muy difícil. Hay un duelo que no se podía elaborar con todo esto pendiente y aquí culmina un proceso con el cual ellos podrán encontrar justicia".