Experto aclara que influencers deben rendir canjes con marcas
El Servicio de Impuestos Internos empezó a fiscalizar a los rostros que promocionan marcas a través de las redes sociales.
En Instagram abundan los rostros que son catalogados como "influencers", quienes promocionan diversas marcas. Frente a ese nuevo escenario, el Servicio de Impuestos Internos (SII) decidió fiscalizar.
Según cuenta la conductora de "Flor de Chile", de CHV, Daniela Urrizola, en general al cobrar por un post se entrega una boleta. "Como requisito, el producto o lo que voy a promover tengo que haberlo probado o saber lo que estoy haciendo, porque a la que le llegan los mensajes después es a mí. Hay que ser responsable con eso".
Ahora, la duda es qué pasa con los canjes. "Te juro qué no sé qué está bien o mal. Un canje es un pago, pero cómo lo monetizas", lanza.
La conductora Romina Marchetti tiene la misma inquietud. "Desconozco si con el canje debes hacer algún trámite porque te están regalando un producto", señala, agregando que igual recibe boletas por sus colaboraciones.
"Las marcas locales te regalan los productos. Hoy el servicio de influenciadores está mucho más establecido que antes, que era más de la buena onda", dice.
Lo legal
Carlos Fuentes, académico de Ingeniería Comercial de la USS, explica que "el SII señaló que en una primera etapa, el acercamiento hacia los influenciadores será más para informar que para sancionar el no haber declarado esta renta. Claramente, se debe fiscalizar a las dos partes involucradas. Durante el año 2019, el SII difundirá las obligaciones tributarias a todos los involucrados, para asegurar el cumplimiento y también, continuará realizando estudios sobre el impacto tributario en esta parte de la economía digital referida a los denominados influenciadores".
-¿Qué se debe hacer con el canje?
"El canje, es decir, el rostro promociona y/o publicita un producto o servicio y el rostro recibe como pago quedarse con el producto o acceder a los servicios que promociona gratuitamente para su uso personal. Por ejemplo, si le pagan en zapatos o servicios, tiene que valorizar ese bien o servicio y declararlo como una mayor renta y pagar impuestos, como regla general. La tasación que se haga de las especies (valorización monetaria de los zapatos), significará necesariamente una fiscalización a las marcas, para determinar los costos de las mismas y que no se hagan por un valor inferior al real".
El académico sostiene que surge otra duda: qué pasa con el IVA. "En vez de tomarse el rol de influenciador como un servicio prestado, podría considerarse como una cesión de algún tipo de derecho de propiedad intelectual de este. En ese caso, hay que definir si esto va a quedar dentro de la esfera de un hecho gravado especial que está en la ley de IVA, que tiene que ver con la cesión de propiedad intelectual. Se entiende por hecho gravado a aquel acontecimiento o circunstancia de consecuencias jurídicas o económicas que, por mandato de la ley, dan origen a una obligación tributaria", indica.