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Guía para entender cómo funciona la ley para cuidar a hijos enfermos

Ministra del Trabajo y una abogada explican cómo operará el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas que padezcan enfermedades graves (Sanna), que comenzó a regir en diciembre.
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Michael Seguel P.

Hacerse cargo de situaciones familiares tan adversas como tener que ausentarse del trabajo por tener un hijo con cáncer, o que sufrió un accidente que pone en riesgo su vida, y no perder la fuente laboral, es la meta del Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas que padezcan enfermedades graves (Sanna).

Se trata de una ley que despachó por unanimidad el Senado y que llega para ayudar a quiénes tengan hijos de hasta 18 años y estén en esa situación.

"La ley establece una condición grave de salud del menor", dice la ministra del Trabajo, Alejandra Krauss, como la primera condición para acceder a este seguro, que cubre a más de tres millones de trabajadores.

Vea la enfermedad

La ministra Alejandra Krauss precisa que son cuatro las "causales" para tener el seguro: padecer cáncer; trasplante de órganos; estar en fase o estado terminal de la vida y sufrir accidentes con riesgo de muerte o con daño funcional grave o permanente.

"Cuál de todas estas situaciones corresponde, lo define el médico tratante, y lo certifica a través de un formulario especial. Todo esto se tramite como si fuera una licencia médica común y corriente", dice Krauss.

Fíjese en los plazos

La ministra precisa que los papás tendrán como máximo 90 días para ejercer de manera continua el seguro de acompañamiento en el caso de cáncer y trasplante. Si es por desahucio o estado terminal, el plazo se reduce a 60 días, y si es por un accidente grave, son 45 días los que se podrán solicitar la cobertura, en un plazo de 12 meses.

En este último caso se puede hacer uso del seguro desde el día "11" del accidente. "Lo importante es que cada uno de estos plazos es por cada uno de los padres, y se pueden distribuir como ellos determinen. Además, se pueden traspasar, total o parcialmente los plazos", dice Krauss.

Cotizaciones

Para Daniela Zavando, abogada de la Universidad Andrés Bello, es importante tener en cuenta la condición contractual que la mamá o el papá tenga, sobre todo si se toma en cuenta que el seguro es por cada hijo que una familia tenga.

"Los trabajadores dependientes tienen que registrar a lo menos ocho cotizaciones previsionales mensuales continuas o discontinuas dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia", advierte la abogada.

Añade que las últimas tres cotizaciones deben ser continuas.

"En el caso de los trabajadores independientes, son 12 cotizaciones previsionales en los últimos 24 meses. Las últimas cinco cotizaciones más cercanas a la fecha de licencia deben ser continuas y estar al día en su cotizaciones", dice, por su lado, la ministra.

Renovar la licencia

La ministra del Trabajo enfatiza que este seguro se puede usar por dos períodos continuos: "Es decir, 90 días en un año y otros 90 días en un segundo año en que se haya hecho la solicitud".

Esta segunda o tercera petición se debe hacer, siempre respecto del mismo diagnóstico y se renueva al igual que cualquier licencia médica.

Ojo con el sueldo

La abogada Daniel Zavando aconseja fijarse en recibir el seguro o sueldo mensual correspondiente.

"La persona no pierde ni un peso por solicitar el seguro. Eso significa que debe recibir la remuneración mensual líquida como cualquier mes normal. Esto incluye los respectivos descuentos para las cotizaciones previsionales", precisa la abogada. Añade que, como con cualquier problema con una licencia médica, se debe estampar una denuncia ante la Dirección del Trabajo, en caso de incumplimientos por parte del empleador.

"Cada uno de los plazos es por cada uno de los padres y se pueden distribuir como ellos los determinen. Además, se pueden traspasar estos plazos"

Alejandra Krauss,, ministra del Trabajo"

Otras claves que debe conocer cuando vaya a pedir el seguro

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El fondo Sanna

Para la aplicación de Ley Sanna hay recursos que provienen de una cotización gradual, que irá aumentando a medida que sea implementada. "Este fondo se integrará con una cotización mensual con cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponde, cuyo monto en régimen será de un 0,03% de las remuneraciones imponibles", sostiene Daniela Zavando, abogada de la Universidad Andrés Bello.


No podrán ser despedido

La ministra Alejandra Krauss advierte que las personas que tengan cualquier tipo de contrato no podrán ser despedidas por solicitar el beneficio, o mientras estén usando el seguro de acompañamiento. Añade que se recomienda que los padres hagan uso del seguro planifiquen según los horarios de trabajo de cada uno el cuidado de su hijo, o bien de acuerdo a quién recibe la mayor remuneración. Esto, ya que se puede distribuir el seguro en media jornada o jornada completa.


Separados o divorciados pueden usar el seguro

"A las personas que estén separadas o divorciadas hay que decirles que el estado civil no es un impedimento para acceder al beneficio. Por lo mismo, el seguro apunta a la distribución de los horarios y traspaso de días, según lo estimen los padres. La condicionante para acceder es el tipo de contrato y los requisitos que eso conlleva", dice la abogada Daniela Zavando. Y ojo, porque la totalidad de los días del seguro quedan a disposición de las persona a cargo del menor.