Seguridad en los ascensores
Recientemente entró en vigencia la Ley 20.296, que regula la mantención de ascensores y define las responsabilidades de dicha acción. ¿Qué deberíamos saber sobre esta nueva norma? Lo primero es tener claro que la responsabilidad del mantenimiento de los ascensores en edificios es del administrador y que el costo de dicho servicio debe ser cubierto por los propietarios de cada departamento o por el dueño del edificio en su defecto.
Es importante entender que existen tres funciones mencionadas en la norma: los instaladores, mantenedores y los certificadores. Para cada caso se establece un registro nacional a cargo del Ministerio de Vivienda, en el cual aparecen los profesionales y empresas que están facultados por ley para realizar dichas labores.
En caso de fallas se debe realizar el reclamo al Minvu quien puede multar a las empresas a cargo de la mantención o de la instalación con valores que van desde las 50 UF hasta las 100 UF, incluso llegando a la suspensión temporal del registro. En caso de accidente con consecuencias graves, las multas llegan a las 150 UF y la eliminación definitiva del registro nacional de la empresa encargada de las labores de mantenimiento o instalación.
Es muy necesario prestar una debida atención al estado y funcionamiento de los ascensores y a quienes realizan este proceso. Así, podremos garantizar la seguridad de todos quienes los utilizamos a diario.