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Secta de Colliguay: dictan cinco años de cárcel para mamá de guagua asesinada

Natalia Guerra, madre del hijo de "Antares", y Pablo Undurraga, seguidor de éste, cumplirán prisión efectiva.
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Jonás Romero Sánchez

A cinco años de presidio efectivo fueron condenados Pablo Undurraga y Natalia Guerra, miembros de la denominada "Secta de Colliguay" y quienes fueron sentenciados por homicidio calificado de un recién nacido. Esto, luego de que el Juzgado de Garantía de Quilpué dictara sentencia sobre los siete acusados del bullado caso.

David Pastén, María del Pilar Álvarez, Carolina Vargas, Josefina López y Karla Franchy fueron condenados a tres años de pena remitida, en calidad de encubridores. Estos últimos cinco miembros del grupo cumplirán su pena bajo libertad vigilada intensiva, la cual estará a cargo de Gendarmería. Tampoco podrán salir del país.

Según acreditó el Tribunal, la historia del crimen se remonta a comienzos del 2012, cuando Ramón Castillo, quien se hacía llamar "Antares de la luz", se enteró de que Natalia Guerra esperaba un hijo suyo.

Castillo, quien decía ser una "deidad", realizaba sesiones de meditación y "sanación" en Chile desde 2009, a las cuales llegaban principalmente jóvenes con estudios superiores.

Como líder del "grupo Colliguay", Castillo mantenía relaciones sexuales con varias de sus integrantes, y era sustentado económicamente por sus seguidores.

La noche del 23 de noviembre de 2012, dos días después de su nacimiento, "Antares" arrojó al lactante vivo en una hoguera, ante la mirada de seis de los siete condenados, entre ellos Guerra. Semanas después, y al enterarse de la denuncia que manejaba la PDI, Castillo dejó el país rumbo a Cusco, Perú, donde se suicidó en mayo del 2013.

"delirio místico"

Durante la lectura de sentencia, la jueza Deisy Machuca explicó por qué desestimó los argumentos de "delirio místico compartido", alegada por la defensa de los acusados.

Según la magistrada, los integrantes de "la mal llamada secta" tenían plena conciencia de lo que estaba ocurriendo. "Prueba de ello es que durante la comisión del delito, los condenados lloraron y taparon sus oídos para no escuchar".

"Es absurda la comparación planteada entre el sometimiento de los miembros del grupo y el soldado que va a la guerra y mata en cumplimiento de su deber. Más semejante sería compararlo con los hechos ocurridos en Colonia Dignidad o con los actos de militares durante dictaduras (...). En ambos casos, como en el que aquí se juzga, se trata de violaciones a los Derechos Humanos", concluyó.

Tanto el abogado de Guerra, Claudio Pérez, como el de Undurraga, Javier Arévalo, anunciaron que apelarán a la resolución ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.