Dictan penas a condenados por porte de armamento
Acceso restringido y un férreo control de Carabineros se produjo ayer durante la audiencia de comunicación de sentencia en contra de los seis comuneros condenados por los delitos de incendio, porte de arma y municiones.
La pena única de cinco años y un día se le aplicó a Dionisio Quiñelen, Rodrigo Meliman y Miguel Llanquileo. En tanto, Juan Meñaco y Nicolás Railaf fueron condenados a la pena de tres años y un día por el delito de incendio y 541 días de presidio por el porte de arma y las municiones. El menor de edad fue sentenciado a un año de libertad asistida especial.
"Nuestro familiares son inocentes. Este tribunal (...) se ha permitido dar libertad para que torturen o tomen detenidos a cualquiera persona de una comunidad y lo peor para manipular las pruebas", criticó Patricia Troncoso, esposa de uno de los comuneros condenados.
Defensa
La defensa anunció que recurrirá a recurso de nulidad por este fallo condenatorio. "Este juicio desde un primer minuto planteamos que era un juicio político, ya que no había pruebas del robo con intimidación que se acusó y que logramos absolver, y si no había pruebas ni participación no se puede condenar por incendio", planteó el abogado defensor Nelson Miranda.
6 comuneros mapuche, entre ellos un menor, recibieron las penas desde el tribunal.